Inscripción a eventos.
31/08/2010 | ||
INASE - Pago de la renovación anual | ||
Resolución 146/2010 Pago de la diferencia de anualidad hasta que opere el vencimiento unificado al 31/03/2011 Modifica el Artículo 1° de la Resolución N° 464 de fecha 30 de diciembre de 2009, de Registro del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA y PESCA, el que quedará redactado de la siguiente manera: "ARTICULO 1°._ Establécese que el vencimiento de las inscripciones ante el Registro Nacional de Comercio y Fiscalización de Semillas del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA y PESCA, operará el día TREINTA Y UNO (31) del mes de marzo de cada año. El pago de la renovación anual deberá realizarse dentro de los TREINTA (30) días corridos posteriores a la fecha antes indicada. la anualidad se paga por año adelantado. El arancel de inscripción que abona el interesado al inscribirse, lo habilita en el mencionado Registro hasta el vencimiento de la primera anualidad."
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